Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1584/2005-R
Fecha: 07-Dic-2005
II.8.
II.8. El 25 de abril de 2005, este Tribunal fundamentando que el representado había apelado de la resolución que rechazó la cesación de la detención preventiva, dictó la SC 417/2005-R declarando improcedente el recurso de hábeas corpus que planteara el recurrente el 1 de diciembre de 2004, denunciado que “el Juez recurrido vulneró el derecho a la libertad y al debido proceso de su representado, al haber rechazado la cesación de su detención preventiva, arguyendo la existencia de Sentencia condenatoria ejecutoriada, sin considerar en forma adecuada las SSCC 1084/2002, de 9 de septiembre y 1929/2003-R, de 18 de diciembre”.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.1. Delimitación del análisis de la problemática
- III.2.
- III.3.
- III.4. Respecto a la actuación que debe adoptar un juez que se considere incompetente frente a una solicitud de aplicación de medidas cautelares
- III.5.1. Con relación a la actuación del Fiscal
- III.5.2. Con relación al Juez de Instrucción de Vallegrande
- III.5.3. Sobre la actuación del Juez de Instrucción de Samaipata
- III.5.4. Sobre la actuación de los vocales de la Sala Penal Primera