SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2005-R

Fecha: 08-Jul-2005

II.4.

II.4.  El 22 de junio de 2004, el Policía Carlos Edgar Troche Moya, encargado de seguridad de la propiedad “El Paila”, informó al Comandante del Batallón de Seguridad Física que habiendo sido destinado desde el 31 de mayo de 2004 a esa labor, observó que los “parceleros del supuesto núcleo 28-B” (sic.) afirman haber sido posesionados por sus autoridades y la Federación a la que obedecen, teniendo sus parcelas designadas para cada uno; los mismos se hicieron presente en dos oportunidades en el campamento de la propiedad armados de escopetas, “salones” (sic.), machetes y palos largos con puntas amenazándolos, por lo cual precautelando su integridad y para evitar derramamiento de sangre se comprometió a que no trabajaría ninguna máquina dentro de la propiedad, pues amenazaron con quemarla; y al día siguiente procedieron a talar árboles con motosierras y hachas, trabajando libremente en cuadrillas, sin permitir que la empresa realice labor alguna (fs. 83 y 84). Ampliando dicho informe, el mismo día aclaró que por el peligro inminente tuvieron que sacar la maquinaria fuera de la propiedad (fs. 85).