SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1203/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1203/2006-R

Fecha: 28-Nov-2006

a)

El Fiscal recurrido manifestó que: a) a raíz del presente recurso de hábeas corpus en el juicio oral que se sigue contra el representado de la recurrente se ha decretado cuarto intermedio, extremo que provoca retardación en el proceso; b) “desde el 1 de abril hasta el 1 de abril del presente año” el representado de la recurrente, no dio cumplimiento a la orden de presentación del certificado médico que acreditara los motivos por los que éste tendría que ser apartado del proceso, razón por la cual recién el 4 de mayo de 2006, el Tribunal de Sentencia de Entre Ríos estableció un plazo de siete días para su cumplimiento, disponiendo que el Ministerio Público coordine juntamente con la Aduana Nacional Regional de Tarija la realización del referido examen; sin embargo dicho certificado fue presentado recién en “septiembre”; c) en audiencia de 11 de mayo de 2006, su autoridad prestó informe sobre la colaboración prestada al imputado para su evaluación médica; d) la abogada del imputado presentó ante su oficina un memorial suscrito sólo por ella, indicando que existía un recurso  pendiente de resolución radicado ante el Tribunal de Sentencia de Entre Ríos, situación que no era de de su competencia, motivo por el cual sólo le correspondía informar al Tribunal de Sentencia en la audiencia de 15 de mayo de 2006, en la cual se declaró la rebeldía del imputado, al no haberse presentado en la audiencia de juicio oral y no haber presentado informe médico y no como afirma éste, que se debería a las actuaciones que su autoridad habría realizado.