SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1203/2006-R
Fecha: 28-Nov-2006
II.10
II.10 Por memorial dirigido al Fiscal Adjunto, Lino Cárdenas, presentado el 11 de mayo de 2005, la abogada del representado de la recurrente, hizo presente que la Resolución de 4 de mayo de 2006, emitida por el Tribunal de Sentencia, no se encontraba ejecutoriada por haber sido impugnada a través del recurso de reposición, el mismo que sería resuelto en la audiencia de 15 de mayo de 2006, por lo que no podía ser ejecutado, pidiendo, por tanto, se deje sin efecto el requerimiento de 9 de mayo de 2006, y se de por justificada su inasistencia (fs. 30). A fs. 59 cursa el acta de suspensión de audiencia de 11 de mayo de 2006, fijada para la revisión del imputado Luis Gilberto Vaca Rojas por peritos del IDIF, constando que el imputado no se presentó a la misma (fs. 59).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5. Por nota de 25 de abril de 2006 dirigida a Enrique Castellanos, los jueces técnicos del Tribunal de Sentencia de Entre Ríos, en virtud a la Resolución judicial de 25 de abril de 2006
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- jueces recurridos
- III.1. Sobre el hábeas corpus y las lesiones al debido proceso.
- III.3. Sobre la ejecución del mandamiento de aprehensión.
- III.4. Sobre los apersonamientos posteriores a la declaratoria de rebeldía.
- el 11 de septiembre de 2006
- certificado del perito que ellos mismos designaron