Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1203/2006-R
Fecha: 28-Nov-2006
II.7.
II.7. Por notificación cedularia de 9 de mayo de 2006, se hizo saber a Luis Gilberto Vaca la Resolución pronunciada en la audiencia de 4 de mayo de 2006, por la cual, a petición del abogado de la Aduana Nacional, se dispuso se oficie al IDIF de la ciudad de Sucre, para que se realice una evaluación del imputado Gilberto Vaca a la brevedad posible, en un plazo no mayor a siete días, y se haga llegar una evaluación médica a ese Tribunal. Luego de pronunciada esa Resolución, la audiencia fue suspendida por inasistencia de varios coimputados, señalándose una nueva para el 15 de mayo (fs. 1 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5. Por nota de 25 de abril de 2006 dirigida a Enrique Castellanos, los jueces técnicos del Tribunal de Sentencia de Entre Ríos, en virtud a la Resolución judicial de 25 de abril de 2006
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- jueces recurridos
- III.1. Sobre el hábeas corpus y las lesiones al debido proceso.
- III.3. Sobre la ejecución del mandamiento de aprehensión.
- III.4. Sobre los apersonamientos posteriores a la declaratoria de rebeldía.
- el 11 de septiembre de 2006
- certificado del perito que ellos mismos designaron