SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2101/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2101/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

Fragmento 33

II.16.      Por memorial presentado el 27 de octubre de 2008, el Fiscal General comunicó a la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justica, "la determinación de juicio ordinario" en el proceso seguido contra el recurrente, con el fundamento que un juicio de responsabilidades no puede ser conducido en sus investigaciones por otra autoridad que no sea el Fiscal General de la República, y que en el caso, al haber derivado su autoridad la investigación, "de manera clara ha entendido también que el proceso debe guiarse y conducirse conforme al procedimiento ordinario" establecido en el Código de Procedimiento Penal", ya que la Comisión Especial estaba inhibida de conocer e investigar juicios de responsabilidades (fs. 279 a 282).