SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2101/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2101/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

Fragmento 55

De la revisión de los antecedentes presentados se tiene que en efecto el 18 de septiembre de 2008, el abogado del recurrente, presentó recusación contra el Juez cautelar demandado, invocando la causal prevista en el art. 316 inc. 5) del CPP, escrito en el que se omite la firma del imputado, por lo que la autoridad demandada por decreto de la citada fecha indicó que al ser la recusación una demanda, debía presentarse con la firma del imputado y todas las formalidades de ley; luego en audiencia de medidas cautelares, se reiteró la solicitud, indicando el abogado que su defendido se ratificaba en la recusación presentada, a lo que la autoridad judicial demandada señaló que ya se había providenciado la misma, y que debía subsanarse lo observado mediante escrito y que la recusación no sería considerada por ausencia de requisitos en su presentación.