SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2101/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2101/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

Fragmento 75

III.8.2. Los razonamientos expresados precedentemente, son de aplicación en el caso concreto, ya que el accionante alega como último punto de su problemática que el Fiscal General, no cumplió su obligación de promover, proseguir y culminar la acción de la justicia, delegando irregularmente funciones y respaldando las actuaciones de la Comisión Especial, hecho que se vio agravado con su solicitud ante la Corte Suprema de Justicia, para que se suspenda el plazo previsto en el art. 3 de la LJR, pedido concedido por los Ministros de la Corte Suprema demandados, actuación con la que avalaron indebidamente, sin explicación lógica jurídica la delegación de funciones y prórroga de competencia; empero, el accionante no consideró que dichas cuestiones hacen en forma estricta al debido proceso, sin que se den los dos presupuestos establecidos por la jurisprudencia constitucional, para poder ingresar, vía esta acción tutelar, al conocimiento de esas presuntas irregularidades.