DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2014

Fecha: 06-Nov-2014

Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal

El art. 283 de la Ley Fundamental, expresa que: “El gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde” (las negrillas y el subrayado son nuestros).

En el marco del principio de transparencia que rige a las ETA, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, determinó la creación de las gacetas subnacionales para que los niveles autónomos cumplan con la obligatoriedad de publicación de información. Sin embargo, esta actividad es de carácter ejecutivo, por lo que su implementación responde a la naturaleza y las facultades del Órgano Ejecutivo, el cual debe coordinar dicha actividad con el Órgano Legislativo en su condición de emisor de leyes.