DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2014

Fecha: 06-Nov-2014

Sobre el Numeral 34

El art. 115 de la CPE establece que: “Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. II. El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones.”

Ahora bien, el Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal goza de la potestad sancionatoria administrativa propia e inherente a la facultad ejecutiva, de la cual este Órgano es titular, sin embargo la aplicación de toda medida sancionatoria debe regirse por las garantías jurisdiccionales establecidas por la norma constitucional.