DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0217/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0217/2015

Fecha: 16-Dic-2015

2.

2.   Resoluciones Administrativas.- Es la disposición municipal de alcance en la estructura del Órgano Ejecutivo, dictada por el Alcalde o Alcaldesa Municipal en el ejercicio de sus competencias establecidas en la Constitución Política del Estado y la Ley, conforme al ordenamiento jurídico administrativo vigente.

2. Promover el desarrollo y el uso de fuentes alternativas y renovables de energía para las comunidades alejadas-dispersas y el desarrollo económico productivo social, gestionando los recursos necesarios para su implementación; en el marco de sus competencias y políticas nacionales debe actuar en defensa del consumidor, reduciendo los costos y la contaminación ambiental”.

2.           No podrán crear impuestos que graven bienes, actividades rentas o patrimonios localizados fuera de su jurisdicción territorial, salvo las rentas generadas por sus ciudadanos o empresas en el exterior del país. Esta prohibición se hace extensiva a las tasas, patentes y contribuciones especiales.