DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0217/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0217/2015

Fecha: 16-Dic-2015

lo que también amerita la incompatibilidad de la frase: “su aceptación supone renuncia tácita al cargo de Alcalde”, de la regulación estudiada por ser contraria al precepto constitucional que se cita

En ese orden de ideas, si la suspensión temporal de funciones que supone la ejecución de un acto formal de decisión, conlleva la vulneración de derechos fundamentales, como el relativo al debido proceso y al ejercicio efectivo de cargos electos por determinación de la voluntad popular, con mayor razón será vulnerable a dichos derechos, la norma que asimile una causal de prohibición de la función pública, como justificativo para dar por concluido de forma extraordinaria y de hecho, un mandato del soberano para ejercer un cargo público de naturaleza electiva; por lo que también amerita la incompatibilidad de la frase: “su aceptación supone renuncia tácita al cargo de Alcalde”, de la regulación estudiada por ser contraria al precepto constitucional que se cita” (las negrillas nos corresponden).