DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0217/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0217/2015

Fecha: 16-Dic-2015

incompatible

Todo lo expuesto, hace que la norma denote ambigüedad y vaguedad de sentido, lo que afecta al principio  de seguridad jurídica, previsto en el art. 9.2 de la CPE, que debe primar en la fijación del objeto regulado, siendo por tanto incompatible con la Ley Fundamental, situación en la cual, el estatuyente municipal, deberá limitarse, a cumplir con lo dispuesto en la DCP 0047/2015, suprimiendo la frase antes referida.