DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2015

Fecha: 10-Mar-2015

Artículo 54º (Intendencia Municipal)

I.     La Intendencia Municipal tiene a su cargo a la Guardia Municipal que para su constitución debe tomar en cuenta las normas y procedimientos propios, apoyo al plan de salubridad, defensa del consumidor y al plan de seguridad ciudadana, bajo el principio de equilibrio intercultural, con  igualdad de oportunidades y enfoque de género de acuerdo a ley, y reglamentación. 

II.    La Guardia Municipal tiene la obligación de apoyar al plan de Seguridad Ciudadana en coordinación con la Policía Boliviana, para precautelar los bienes públicos, prestar asistencia a la comunidad en primeros auxilios, información y orientación III.        La Guardia Municipal debe realizar el control del comercio informal, control de expendio de alimentos, peso exacto y protección al ornato público e instalaciones municipales.