DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2015

Fecha: 10-Mar-2015

Artículo12º. (Principios)

2) Desarrollo Humano Sostenible. Es la concepción política, filosófica e institucional por la cual las personas constituyen el centro y fin supremo de las acciones del Gobierno Autónomo Municipal de Pucarani, a efecto de mejorar y dignificar las condiciones de vida, el ejercicio pleno de los derechos y el cumplimiento estricto de sus deberes.

5) Interculturalidad. Es el proceso social público y privado en el que se desarrolla el intercambio personal y/o colectivo de compartir, dar, intercambiar y respetar principios, valores, creencias, actividades y prácticas humanas de cualquier naturaleza u origen, sean estas religiosas, ideológicas, económicas, políticas y sociales, en el marco de la ley, sin discriminación y con acceso irrestricto.

6) Equidad de género. Es la concepción social por el que mujeres y hombres ejercen los mismos derechos y cumplen los mismos deberes en todos ámbitos y actividades sociales, económicas y políticas, públicas y privadas, en base al reconocimiento de las diferencias y la participación paritaria en la construcción social municipal.

8) Participación ciudadana y control social. Es la responsabilidad individual y colectiva de participar activamente en la formulación, ejecución, y seguimiento de políticas públicas Municipales a través de los mecanismos necesarios y suficientes para ejercer corresponsablemente la participación y control social sobre la calidad y eficiencia de la gestión autonómica pública municipal y de los servicios públicos y privados prestados en el Municipio de Pucarani.