DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2015

Fecha: 09-Abr-2015

Preservar, conservar y contribuir

Por su parte el art. 299.II.1, de la citada norma constitucional, establece como competencia concurrente, el ejercicio entre el nivel central del Estado y las ETA: “1. Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y fauna silvestre manteniendo el equilibrio ecológico y el control de la contaminación ambiental” (las negrillas nos pertenecen).

Las ETA, no tienen competencia sobre manejo y aprovechamiento de la biodiversidad, ya que es competencia exclusiva del nivel central del Estado (art. 298.II.6 de la CPE); en consecuencia, corresponde  señalar que la frase: “…manejo y aprovechamiento sustentable…” del parágrafo VI del art. 63, resulta incompatible con la Norma Suprema.