DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2015

Fecha: 09-Abr-2015

Sobre el parágrafo III

El ahora parágrafo II, en el proyecto reformulado de norma institucional básica de Uriondo, luego de la supresión del parágrafo I, en el artículo en análisis, resulta plenamente compatible con la CPE, en razón a que el término declarado incompatible por la DCP 0004/2014, ha sido suprimido por el estatuyente, de acuerdo a los Fundamentos Jurídicos expresados por el precitado fallo constitucional.

El ahora parágrafo II del artículo en cuestión, elimina el término declarado incompatible por la DCP 0004/2014, y readecua en la utilización del instrumento normativo idóneo para la enajenación de bienes de la entidad autónoma, para luego continuar con el trámite ante las instancias competentes de acuerdo al mandato de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización que regula la materia; no obstante, al no existir contradicción con la Norma Suprema, se declara su compatibilidad.