DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2015

Fecha: 09-Abr-2015

Sobre el numeral 21

Dentro de las atribuciones del Concejo Municipal de Uriondo, en el anterior texto original del numeral 21 parágrafo I del artículo que se analiza se regulaba sobre áridos y agregados, el mismo fue declarado incompatible en razón a que pretendía que el legislativo municipal regule la materia con “reglamento”, esta circunstancia vulneraba la facultad reglamentaria del órgano ejecutivo municipal.