SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1364/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1364/2016-S3

Fecha: 01-Dic-2016

11)

11) El abogado de Defensa Pública debe realizar los trámites correspondientes para el pedido de traslado de Recinto Penitenciario, efectuado en la presente audiencia, de los internos provenientes de Yacuiba y Santa Cruz, no correspondiendo a ese Tribunal de garantías autorizar dicho traslado sino el Juez que dispuso su detención y que conoce la causa o bien el Juez de Ejecución Penal, que impide poder disponer por esa vía los traslados solicitados;