SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1364/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1364/2016-S3

Fecha: 01-Dic-2016

9)

9) El Director del Recinto Penitenciario “San Pedro de Chonchororo” solicite a sus superiores así como al Director General de Régimen Penitenciario y Ministerio de Gobierno la provisión de servicios básicos como luz, agua, baños y duchas en el citado Recinto Penitenciario no sólo asumir una actitud pasiva de presentar la solicitud y dejar el trámite sino debe asumir una actitud diligente, activa hasta conseguir más pozos de agua, mayores motores de extracción de agua, mayores o más potentes sistemas eléctricos, más piletas, duchas, más movilidades, mayor provisión de movilidades y gasolina, dotación de un botiquín o farmacia equipada con medicamentos así como un médico para los internos y funcionarios que allí trabajan;