I.1. Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia a la DCP 0026/2016 de 11 de abril, por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el prese
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

I.1. Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia a la DCP 0026/2016 de 11 de abril, por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el prese

Fecha: 11-Abr-2016

Artículo 16. (VIGENCIA DEL DERECHO AUTONÓMICO).

Artículo 16. (VIGENCIA DEL DERECHO AUTONÓMICO). El Gobierno Autónomo Municipal de Pelechuco reconoce que la vigencia del derecho autonómico es de carácter indefinido, para ello guiará su comportamiento autónomo en sujeción estricta a la Constitución Política del Estado y otras normas referidas a la autonomía municipal que sean aprobadas por la Asamblea Plurinacional, para su ejercicio utilizará los instrumentos normativos vigentes”.