Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0044/2016 de 25 de abril, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0044/2016 de 25 de abril, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 25-Abr-2016

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a) En primer lugar, a éste concepto se lo entiende como el constructo sociopolítico subnacional local que se compone de un gobierno (ETA), un territorio donde éste ejerce jurisdicción y una población sometida a su autoridad; b) Otra, que hace referencia a una persona de Derecho Público, que asentada en un determinado territorio, cumple función propias de la administración local, al servicios de los habitantes que correspondan al grupo municipal, acepción que en el marco normativo nacional lo restringe a la noción de ETA o Gobierno Municipal en el Estado boliviano; y,      c) Una tercera, que la reduce de manera restrictiva al concepto de “unidad territorial” cuyo término acuña el legislador nacional para el entendimiento de la LMAD así se tiene en su art. 6.I.1, que más allá de un territorio viene a ser un espacio territorial donde se ejerce la jurisdicción competencial.