Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0044/2016 de 25 de abril, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0044/2016 de 25 de abril, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 25-Abr-2016

Artículo 86. Principio de gradualidad

Artículo 86. Principio de gradualidad. En mérito al principio constitucional de gradualidad, las competencias establecidas en la Constitución Política del Estado y la presente Carta Orgánica Municipal, se ejercen efectivamente de forma progresiva y de acuerdo a las propias capacidades institucionales y financieras”.