SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2018-S1
Fecha: 27-Jun-2018
Registro Del Lugar Del Hecho fueron los familiares del imputado a pedido del mismo imputado para colaborar con la investigación y se sepa la verdad material
Por último señaló, que el Tribunal ad quem omitió realizar una valoración integral, respecto al art. 234.10 del CPP, por cuanto no otorgó “...el valor que merece a la declaración de la víctima en la defensoría frente a la psicóloga el cual establece que el imputado nunca la amenazó, y que el hecho que sean vecinos pero que viven a 5 cuadras de distancia deberían considerarse también para concluir que el imputado no es un peligro efectivo para la víctima” (sic). Así también, respecto al art. 235.2 del mismo cuerpo legal, no se realizó una debida fundamentación con elementos de convicción y menos una valoración integral de los mismos para imponerle la detención preventiva, tampoco se tomó en cuenta que consta en el cuaderno de investigaciones “...que quien le abrió la puerta a los investigadores para realizar el Registro Del Lugar Del Hecho fueron los familiares del imputado a pedido del mismo imputado para colaborar con la investigación y se sepa la verdad material de ese supuesto hecho ilícito” (sic); por lo que para garantizar su presencia en el proceso y la averiguación de la verdad era suficiente la imposición de la medida de detención domiciliaria, la presentación semanal al Ministerio Público, la presentación de dos garantes solventes y su arraigo, más aún cuando el Tribunal de alzada determinó que contaba con domicilio, trabajo y familia; pero se optó por la medida extrema de la detención preventiva que es excesiva para los fines que persigue.
- acción de libertad
- domicilio
- vulnerabilidad por ser mujer y por ser menor de edad y las normas internacionales
- no puede residir en fines preventivo-generales o preventivo-especiales atribuibles a la pena
- para el caso que se emita la acusación
- principal testigo
- “PELIGROSIDAD de obstaculizar en un delito de violación no es lo mismo que en otros delitos”
- Registro Del Lugar Del Hecho fueron los familiares del imputado a pedido del mismo imputado para colaborar con la investigación y se sepa la verdad material
- ANULANDO LA RESOLUCION No. 06/2018 de fecha 17 de enero de 2018
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- Tribunal de apelación
- aclarándose que la fundamentación se
- PROCEDENCIA EN PARTE
- SEGUNDO.-
- TERCERO.-
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- vulnerabilidad por ser mujer y menor de edad en base a normas internacionales que la protegen
- gravedad del delito
- que no se aplicó la jurisprudencia
- debiéndose denegar la tutela solicitada en la problemática analizada
- principal testigo que sería la presunta víctima
- art. 235.2 del
- innecesario control de convencionalidad
- jurisprudencia constitucional presentada no tenía supuestos fácticos similares
- Art. 234.10 del CPP
- Art. 235.2 del CPP
- denegar la tutela solicitada en este punto de análisis.
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR