SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2020-S1

Fecha: 14-Ago-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como antecedentes refirieron que, amparados en los arts. 568 y 639 del Código Civil (CC) iniciaron un proceso ordinario sobre resolución de contrato por incumplimiento de pago en contra de Urbelinda Orellana Vásquez, quién dentro del plazo previsto, no cumplió con el pago total del precio del bien inmueble, “según documento de venta de un inmueble a plazo suscrito en fecha 31 de mayo de 1996” (sic), y otro documento privado de reconocimiento de deuda y compromiso de pago de 10 de junio de 2002; a lo cual, la demandada inicialmente interpuso incidente de nulidad de citación, que fue rechazado, planteando después otro, pero esta vez por impersonería y falta de legitimidad activa, que también fue rechazado; asimismo, interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación, que fue concedido en efecto diferido; además, la mencionada demandada, después de veintiún años de la suscripción del documento de compra venta a plazo, y quince años desde la firma del reconocimiento de deuda y compromiso de pago, recién hizo una oferta de pago; la cual, fue rechazada debido a que no se demandó el cumplimiento de contrato, sino su resolución.