SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2020-S1

Fecha: 14-Ago-2020

II.6.

II.6.    Mediante memorial de 30 de mayo de 2017, Urbelinda Orellana de Vásquez, interpuso recurso de apelación, precisando como uno de los puntos de agravio, la omisión de aplicar el art. 572 del CC, referido a que no hay lugar a resolución del contrato si el incumplimiento de una de las partes, es de poca gravedad o escasa importancia, teniendo en cuenta el interés de la otra parte; que, en el presente caso, la supuesta deuda sería de “$us. 1.600”, que significa el “2.8%” del monto total, aclarando que; el mismo, fue cancelado en dos oportunidades y ofreció pagar por una tercera vez; empero, lo que se busca con la sentencia es despojar de su vivienda a una pobre mujer de la tercera edad, favoreciendo a quien cobró en demasía; pretensión que, fue contestada por la parte demandante, rechazando la misma (fs. 258 a 259 vta., y    261 a 263).