SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2020-S1

Fecha: 14-Ago-2020

II.8.

II.8.    Por memorial presentado el 20 de marzo de 2018, Urbelinda Orellana de Vásquez, interpone recurso de casación, manifestando entre otros aspectos que, por un monto adeudado “insignificante” se pretende privar de su vivienda a una persona de la tercera de edad; y, resaltando como uno de sus puntos de agravio, precisó el hecho que el Juez a quo, no tomó en cuenta el art. 572 del CC y que al respecto el Tribunal de alzada, no se pronunció, manifestando solamente que no fue alegado en primera instancia; toda vez que, dicha normativa es aplicable a su caso y no ameritaba motivo, razón o circunstancia para resolver el contrato de compra venta suscrito por su persona y los ahora accionantes, ya que correspondía al Juez a quo, ordenar el cumplimiento del mismo, otorgando un plazo para tal efecto. En base a dichos argumentos, solicitó se case el Auto de Vista 226/17 y deliberando en el fondo se declare improbada la demanda (fs. 274 a 275 vta.).