Resolución recurrida: Sentencia N° 04/2021 de 22 de septiembre de 2021.
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia N° 04/2021 de 22 de septiembre de 2021.

Fecha: 26-Nov-2021

Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación

I.3. Argumentos de la contestación al recurso de casación

Por memorial cursante de fs. 517 a 520 vta. de obrados, cursa memorial de contestación al recurso de casación, pidiendo se declare infundado el recurso por carecer de unidades mínimas de tramitación casacional, mencionando que: a) el Auto Supremo N° 192/2017, no sería análogo al caso concreto; b) el recurso de casación se basa en memoriales anteriores, situación que conforme la norma procesal, así como por la jurisprudencia agraria y agroambiental, relativa a los requisitos esenciales para la procedencia del recurso de casación respecto a las causales denunciadas, las mismas deberán hacerse en el recurso de casación y no fundarse en memoriales anteriores ni suplirse posteriormente, al efecto, invoca el Auto Nacional Agrario S1a N° 66/2002, los Autos Agroambientales Plurinacionales: S2a N° 33/2018, S2a N° 2/2018; c) no incidentó ni cuestionó los puntos de hecho a probar que se cuestionan en el recurso de casación; d) según el registro en Derechos Reales (DD.RR.) (fs. 17) recién se habría registrado su derecho propietario el 7 de enero de 2020; e) invocando el art. 137 nums. 2) y 3) de la Ley N° 439, relativa a la exención de la prueba por hechos notorios y evidentes, alude y resalta la contradicción existente entre la respuesta a la pregunta cuarta de la confesión provocada y la cláusula cuarta del contrato de compraventa, en cuanto al registro del derecho de propiedad del vendedor antes del vencimiento del plazo para el pago del saldo adeudado.