Auto Supremo AS/0728/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0728/2013

Fecha: 03-Dic-2013

Al respecto, debe recordarse que si bien debe darse cumplimiento con el debido proceso en

Al respecto, debe recordarse que si bien debe darse cumplimiento con el debido proceso en su elemento de motivación y fundamentación, no debe perderse de vista al principio de razonabilidad, que conforme a la jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 0840/2013-L de 14 de agosto, entre otras establece: “…Como se puede advertir del entendimiento constitucional citado, el derecho al debido proceso protegido por el art. 115.II de la CPE, entre uno de sus elementos exige, que tanto en sede judicial como administrativa, la decisión que emitan las autoridades con facultades de decisión jurisdiccional, se encuentren fundamentadas atendiendo a los hechos expuestos, con relación a los argumentos jurídicos expuestos por las partes, así como la documentación aparejada en un determinado caso