Auto Supremo AS/0728/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0728/2013

Fecha: 03-Dic-2013

Es así que, de las consideraciones previamente referidas y conforme a la revisión del Auto

Es así que, de las consideraciones previamente referidas y conforme a la revisión del Auto de Vista recurrido, se advierte que dicha Resolución -tal cual ya se señaló-, motivó y fundamentó debidamente su decisión en relación al error de cálculo reclamado en apelación por la parte demandada, principalmente en función a la valoración efectuada sobre el Convenio de pago 37/04 y Nota de Cargo Nº 020/2011; así como a lo dispuesto por los Decretos Supremos Nos. 25809 y 27236, Ley Nº 1732, artículos 519 y 949 del Código Civil, artículo 8. c) del Decreto Supremo Nº 27236; elementos de juicio proporcionados por las partes, que se constituyeron en base para la emisión del fallo del Juez de mérito, tal cual señaló expresamente el Tribunal de Alzada, guardando de tal manera la debida congruencia y pertinencia, emitiendo un fallo motivado y fundamentado, en relación a lo solicitado por la parte demandada, ahora recurrente, resguardando con ello, la seguridad jurídica y el debido proceso que debe observar la tramitación de toda causa