Auto Supremo AS/0608/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2015-RRC

Fecha: 11-Sep-2015

II.3. Auto de Vista


La acusadora particular interpuso recurso de apelación restringida denunciando los siguientes defectos: a) Inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, art. 370 inc. 1) del CPP. b) No exista fundamentación en la Sentencia o sea insuficiente o contradictoria, art. 370.5) del CPP; c) La Sentencia se base en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa, art. 370.6) del CPP; y, d) Que exista contradicción en su parte dispositiva o entre ésta y la parte considerativa, art. 370 inc. 8) del CPP.

II.3. Auto de Vista