Auto Supremo AS/0650/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0650/2016-RRC

Fecha: 24-Ago-2016

Este conjunto de razones, permite constatar a este Tribunal Supremo de Justicia, que la denuncia


Este conjunto de razones, permite constatar a este Tribunal Supremo de Justicia, que la denuncia interpuesta por la recurrente, referida a que el Tribunal de Alzada incurrió en falta de fundamentación, habida cuenta que hubiere confundido la falta de valoración de la prueba con la valoración negativa, no resulta evidente; por el contrario, se evidencia que el Auto de Vista ejerció de manera correcta con su deber de controlar que la resolución pronunciada por el Tribunal de Sentencia contenga la suficiente fundamentación respecto a la valoración de la prueba en observancia de las reglas de la sana crítica; toda vez, que del análisis que efectuó a la sentencia, explicó de manera detallada que el Tribunal de sentencia incurrió en el defecto del art. 370 incs. 5) y 6) del CPP; puesto que, respecto a la valoración de las pruebas testificales lo habría hecho de manera incompleta y respecto a la valoración de las pruebas documentales incurrió en contradicción a los fines de su consideración o no; argumentos, que demuestran que la Resolución recurrida contiene la fundamentación suficiente por la cual dispuso anular la sentencia