Auto Supremo AS/0650/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0650/2016-RRC

Fecha: 24-Ago-2016

Que las autoridades judiciales tienen la obligación en la tramitación de las causas, de tomar


Que las autoridades judiciales tienen la obligación en la tramitación de las causas, de tomar en cuenta el sentimiento de `justicia´ que exige el Derecho Penal, teniendo la obligación ineludible de garantizar la realización de un proceso justo en el que se respeten y preserven todos los derechos y garantías fundamentales, así como el principio de `jerarquía normativa´ por el cual obliga a los juzgadores aplicar la Constitución antes de cualquier disposición, respetando la primacía constitucional establecida imperativamente en el artículo 228 de la norma fundamental, implicando su omisión vulneración a los derechos de las partes intervinientes en el proceso, así como la igualdad de éstos ante la ley, el acceso a la justicia previstos en los artículos. 6. I), 16. II), 116. X), 228 de la norma constitucional, concordante con la previsión de los artículos 8 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, cuya inobservancia pone en riesgo la paz social, así como la pacífica convivencia por la inseguridad jurídica que conlleva