Auto Supremo AS/0883/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0883/2017

Fecha: 21-Ago-2017

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4.- Respecto a la infracción del derecho a la propiedad privada la misma no se encuentra infringida en consideración a que el propio texto Constitucional en el art. 56 permite la restricción del derecho de propiedad privada en base a las formas previstas por Ley y esa forma legislativa es el art. 252 del Código de Procedimiento Penal