Auto Supremo AS/0883/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0883/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Al margen de la postura de no haberse apelado de la Resolución, debe considerarse que

Al margen de la postura de no haberse apelado de la Resolución, debe considerarse que en fecha 30 de noviembre de 2016 al momento de disponerse la aplicación del art. 86 del Código de Procedimiento Penal no reclamó sobre las anotaciones preventivas, aspecto que importa convalidación de actos procesales