Auto Supremo AS/0973/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0973/2018-RRC

Fecha: 06-Nov-2018

A través de memorial de fs


A través de memorial de fs. 358 a 362 vta., el nombrado recurrió en apelación restringida denunciando violación al principio de legalidad contenido por el parágrafo I9 del art. 180 Constitucional, argumentando a tal efecto:

Errónea aplicación de la Ley sustantiva respecto a la adecuación de su conducta al tipo penal de conducta antieconómica, amparado en el art. 370 inc. 1) del CPP, cuestionando la afirmación del tribunal de origen sobre su condición de servidor público, cuando dicha condición no fue cierta, dado que la relación con DATACOM SRL se basó en un contrato de trabajo de índole laboral. La Sentencia no tuvo en cuenta que DATACOM SRL previamente a ser considerada bajo la tipología de empresa estatal mixta, debe realizar un procedimiento de conversión, como lo determinase la esa ley en su Disposición Transitoria Primera parág. III), la Disposición Transitoria Segunda parág. II) y III), Disposición Final Primera parág. I) num. 6), proceso “concluye con el registro de la empresa y de los documentos correspondientes en el registro de comercio…no se puede suponer…la migración de DATACOM con ENTEL, sino más al contrario directamente se remiten sin ninguna prueba a la promulgación de la ley 466.” (sic).

Expresó que “no hay una sola prueba aportada ni por el querellante ni por el representante del MMPP que demuestren…que hubiese sido servidor público, siendo que sustentan su sentencia en la ley 466 para determinar que son empresas estatales mixtas y los dependientes de estas empresas son servidores públicos como también así en la prueba MP-P-15, prueba que no es suficiente para…los alcances del tipo penal, además que la carga de la prueba…corresponde al acusador quien debió presentar documentación y prueba fehaciente que acredite y demuestre [la condición de servidor público] y no solo argumentar que por ser trabajador de DATCON SRL, se [lo considere] como servidor público” (sic)