Auto Supremo AS/0973/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0973/2018-RRC

Fecha: 06-Nov-2018

La función pública, en sentido genérico se manifiesta en dos esferas, una inherente a las


Tales situaciones hacen que la determinación de quien es un servidor público a los fines del Derecho Penal, deba orientarse por parámetros enfocados no desde la calidad del agente sino desde la posibilidad cabal de éste en generar un peligro al bien jurídicamente tutelado, pues no toda relación entre un particular y la Administración Pública puede ser sinónimo de ejercer la función pública, un ejemplo sería el caso de la subcontratación para la ejecución de servicios especiales o bien el caso de las personas que mantienen contrato de arrendamiento con entidades estatales.

Partiendo de lo contenido en el art. 233 Constitucional se tiene que: “Son servidoras y servidores públicos las personas que desempeñan funciones públicas”; es decir, que el primer acercamiento para la catalogación de servidor público es el desempeño de ese tipo de funciones, que no son otras que la serie de cuestiones que desembocan al bienestar colectivo y todas las labores desarrolladas por el Estado que persiguen el cumplimiento de sus fines dentro del proceso democrático, razón por la cual, tanto el Legislador constituyente como el ordinario han puesto especial atención en definir deberes, derechos, y obligaciones de quienes por diversas maneras tienen relación con el ejercicio de funciones públicas.

La función pública, en sentido genérico se manifiesta en dos esferas, una inherente a las labores y la suma de actividades desarrolladas por el Estado, a través de los instituciones que componen tanto el nivel central, las entidades autónomas y los demás entes jurídicos en los que el Estado expresamente delegue el cumplimiento de una determinada función; asimismo, en un plano estricto la función pública se vincula con las condiciones específicas aplicables al ejercicio de una labor en particular; es decir, la función pública emana de los principios y reglas que se aplican a quienes tienen vínculo laboral subordinado con los distintos organismos del Estado, de tal cuenta un servidor público será quien de manera regular o temporalmente expresa realice una función, dentro del ámbito de competencia que le asigna la Constitución o el ordenamiento jurídico