Por lo explicado la Sala concluye que la contradicción pretendida en este motivo no es
La razón de la decisión en el Auto Supremo 085/2012-RA de 4 de mayo, atinge a un accionar de parte del Tribunal de alzada relativo a la aplicación de los arts. 396 inc. 3), 407 y 408 del CPP y la vulneración al derecho a la impugnación postulado en el art. 180 de la CPE, de manera tal que la decisión vinculante al caso de autos, como es claro, es disímil a la situación de hechos similar propuesta en los recursos de casación.
El Auto Supremo 660/2014 de 20 de noviembre, de igual manera lo anterior no posee una situación contradictoria a la presente pues, orienta las condiciones y posibilidades sobre la emisión de una nueva sentencia en grado de apelación restringida, siempre y cuando la delicada línea que delimita los principios de intangibilidad de los hechos e intangibilidad de las pruebas sea respetada por el Tribunal de apelación, abriendo también la posibilidad de modificar la situación procesal de un imputado de condenado a absuelto. Todo ello, como está ya esclarecido, no guarda similitud alguna al presente motivo.
Por lo explicado la Sala concluye que la contradicción pretendida en este motivo no es evidente
- Por memoriales presentados por Marco Antonio Avaroma Vides el 21 de agosto de 2017, de
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 11/2016 de 20 de julio, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
- Contra la mencionada Resolución, Marco Antonio Avaroma Vides (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 469/2017-RA de 29 de junio,
- I.1.1.1. Recurso de casación de Marco Antonio Avaroma Vides
- Denuncia incongruencia omisiva en torno al agravio expresado en el recurso de apelación restringida sobre
- Denuncia que el Auto de Vista 9/2017 de 27 de abril, no se encuentra debidamente
- I.1.1.2. Del Recurso de casación de Fernando Cuellar Ayala
- Bajo el antecedente de errónea aplicación del art
- Incongruencia omisiva sobre el punto apelado en relación al incumplimiento de migración de DATACOM SRL
- II.1.De la Sentencia
- Cumplidos los plazos procesales la representación del Ministerio Público, presentó acusación formal contra Fernando Cuellar
- El 20 de julio de 2016, el Tribunal de Sentencia Primero en el Distrito Judicial
- Dicha resolución dentro del margen que ocupa a los motivos planteados en casación, fundó la
- Y al no existir una definición precisa nos remitimos a otras normas legales es así
- La Ley 004, no define el concepto el servidor o servidor público, sin embargo para
- Desarrollando el contenido del art
- “MP-P-32: Informe de auditoría especial elaborado por Nestor V
- Realizar el trabajo e informa sobre el avance del mismo en forma periódica al Gerente
- Cumplir con las funciones y desarrollar el trabajo encomendado en los ambientes u oficinas que
- Cumplir a cabalidad con los procedimientos y normas internas de DATACOM SRL
- En fecha 08 de 07 de 2014 se procedido al recuento físico de existencia de
- Marco Antonio Avaroma…ex coordinador logístico de Multicentro DATACOM Trinidad por un importe de Bs. 62.395,12
- Fernando Cuellar Ayala…y…Marco Antonio Avaroma Videz, por el importe de Bs
- Lo transcrito anteriormente sirvió al Tribunal de Sentencia para concluir
- Habiendo identificado uno de los elementos constitutivos del delito de Conducta Antieconómica referido a la
- Identificada también, se tiene la relación de dependencia del acusado Fernando Cuellar Ayala se tiene
- Que, el delito de Conducta Antieconómica es un delito propio de servidores públicos que se
- Dentro del tipo penal se encuentra otro presupuesto típico imprescindible para considerar la adecuación a
- El elemento daño a los intereses del estado…se ha demostrado objetivamente e el Considerando VIII
- II.2. De los recursos de apelación restringida
- II.2.1. Recurso de apelación restringida de Marco Antonio Avaroma Vides
- La parte final del art
- Inobservancia del art
- Inobservancia de la Ley 466 en su Disposición Transitoria Segunda parágs
- Expresó que la prueba MP-P-15 fue valorada defectuosamente, no acreditaría su condición de funcionario público
- Alegó que conforme ordena la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 466, no convierte de
- II.2.2. Recurso de apelación restringida de Fernando Cuellar Ayala
- A través de memorial de fs
- “en lo referido al art
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, en conocimiento de las acciones
- Respuesta al recurso de apelación restringida de Marco Antonio Avaroma Vides
- Con relación a la condición (existente o no) de servidor público, a objeto de la
- “sobre la inobservancia de la Ley 466, conforme lo argumenta el Tribunal de sentencia, a
- En lo que fue el reclamo de errónea valoración de la prueba MP-P-15: “se debe
- Sobre el proceso de conversión de DATACOM SRL a empresa estatal mixta, se concluyó que:
- Como ya estuvo identificado en el Auto Supremo Auto Supremo 469/2017-RA de 29 de junio,
- Los recurrentes consideran que el principio de legalidad inscrito en el art
- III.1.1.Doctrina legal contenida en los precedentes contradictorios invocados
- El Auto Supremo 047/2012-RRC de 23 de marzo, fue pronunciado por la Sala Penal Segunda
- El precedente en cuestión consideró que el en ese momento recurrente “en su condición de
- En cuanto al Auto Supremo: 209/2015-RRC de 27 de marzo, su doctrina legal aplicable precisó
- El Auto Supremo 488/2015-RRC de 17 de julio, fue emitido en el proceso penal seguido
- El Auto Supremo 085/2012-RA de 4 de mayo, fue emitido dentro del recurso de casación
- El Auto Supremo 312/2016-RRC de 21 de abril, fue pronunciado por la Sala Penal del
- Finalmente, el Auto Supremo 329/2006 de 29 de agosto, fue pronunciado dentro de un proceso
- III.1.2. Verificación de la situación de hecho similar y la contradicción planteada
- En cuanto a los Autos Supremos 315/2006 de 25 de agosto, 431 de 11 de
- En lo que es el Auto Supremo: 209/2015-RRC de 27 de marzo, el mismo califica
- El caso de los Autos Supremos 488/2015-RRC de 17 de julio y 312/2016-RRC de 21
- Por lo explicado la Sala concluye que la contradicción pretendida en este motivo no es
- Denuncian que el Auto de Vista impugnado omitió brindar pronunciamiento sobre el agravio de inobservancia
- Alegan, que aun cuando por efecto de la Ley 466 el Estado participe en una
- El no pronunciamiento sobre la irretroactividad de la Ley 466 transgredió el art
- III.2.1. Consideraciones previas
- III.2.1.1. Presupuestos de aplicación del ius puniendi – principios limitadores del derecho penal
- La historia del Derecho Penal, constituye el esfuerzo sistemático para limitar el ejercicio del ius puniendi del
- La Constitución Política de 2009, estableció en su art
- Por otro lado, el mismo art
- En ese orden de ideas, el principio de tipicidad junto con el de taxatividad integran
- III.2.1.2. Aproximación del término servidor público a los fines del Derecho Penal
- Suponer que la distinción determinante para definir a una persona como servidor público sea su
- La función pública, en sentido genérico se manifiesta en dos esferas, una inherente a las
- El régimen especial adoptado por el Estado boliviano sobre las conductas de y vinculadas a
- El contexto jurídico que impregna a la Ley 004, si bien no define ni caracteriza
- Asimilar en el concepto de servidor público a todos quienes tengan vinculación directa o indirecta
- iii) toda otra persona definida como `funcionario público´ en el derecho interno de un Estado
- Como se destaca en la porción que precede a fines de la determinación del ejercicio
- III.2.2. Análisis del motivo en concreto
- Tomando en cuenta que la cuestión central del proceso, es la tensión existente entre las
- Para conceptuar el término servidor público a los fines del art
- En el art
- En el ejercicio de labores dentro de las empresas de tipología estatal, siguiendo el texto
- Es por ello que no se ofrece admisible que las consideraciones sobre la subsunción al
- Desconoció la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia del Beni en la fundamentación del
- Deducir como lo dice el Tribunal de apelación que: “la condición inicial del acusado que
- En el presente caso, no son vistas las condiciones exigidas por el tipo penal contenido
- Denuncia que el Auto de Vista 009/2017, no se encuentra debidamente fundamentado, pues sobre los
- III.3.1.Doctrina legal contenida en los precedentes contradictorios invocados
- El Auto Supremo 417 de 19 de agosto de 2003, fue emitido en casación dentro
- (Calificación del delito)
- En el Auto Supremo 472 de 8 de diciembre de 2005, se consideró que el
- …el tribunal de alzada, velando por su observancia y la economía procesal, debe proceder a
- “…si una resolución cumple con la garantía de la debida motivación y está sustentada en
- Reclaman los recurrentes que la respuesta contenida en el Auto de Vista impugnado, debió brindar
- Para el caso de los Autos Supremos 417 de 19 de agosto de 2003 y
- Sobre este motivo la Sala manifiesta que la comprobación de la ausencia de motivación de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
