Auto Supremo AS/0973/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0973/2018-RRC

Fecha: 06-Nov-2018

“sobre la inobservancia de la Ley 466, conforme lo argumenta el Tribunal de sentencia, a


“sobre la inobservancia de la Ley 466, conforme lo argumenta el Tribunal de sentencia, a fs. 39, en el art. 6 inciso b) de la Ley mencionada, las sociedades comerciales en las que el sector público posea un paquete accionario mayor al 70 por ciento, a la fecha de publicación de la norma adoptarán la tipología de Empresa estatal mixta; y lo previsto en la disposición final primera parág. I en su numeral 6), que establece como filial de ENTEL SA a DATACOM SRL; complementando ello en el art. 61 de la misma ley, en su parág. II señala que adicionalmente, la responsabilidad por la gestión de las empresas públicas en el marco de lo establecido en la Ley No. 004 alcanza a las empresas estatales, estatales mixtas y estatales intergubernamentales, así como a los representantes del sector público en los órganos de gobierno de las empresas mixtas, sociedades de economía mixta y otras empresas o unidades en las que tenga participación el Estado, independientemente de su naturaleza jurídica. A este efecto, son aplicables los tipos penales referidos a conductas de los servidores públicos a más de la previsión de lo contemplado en la Ley 1178 que regula en su art. 28, que servidor público, se refiere a los dignatarios, funcionarios y toda otra persona que preste servicios en relación de dependencia con autoridades estatales, cualquiera su fuente de remuneración.” (sic)