Auto Supremo AS/0223/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2018-RRC

Fecha: 10-Abr-2018

c)Por otro lado, tomando en cuenta que los recursos corresponden a las partes, por regla


c)Por otro lado, tomando en cuenta que los recursos corresponden a las partes, por regla general -apelando al principio dispositivo- la autoridad jurisdiccional deberá obrar en correspondencia de lo peticionado por el recurrente. La relación entre agravio y recurso, se une con el órgano jurisdiccional por medio de los alcances de sus atribuciones en materia de impugnación. El art. 398 del CPP, a tiempo de pronunciarse sobre la competencia de los Tribunales de alzada, ordenando que circunscribirán sus resoluciones a los aspectos cuestionados de la resolución, ordena una regla de doble vía pues, si bien expresamente impide el pronunciamiento de fallos más allá de lo solicitado (ultra petita), a la par prohíbe también la emisión de fallos que omitan respuesta a lo requerido (citra petita), ordenando el deber de exhaustividad en la respuesta de las cuestiones puestas en su consideración