Auto Supremo AS/0223/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2018-RRC

Fecha: 10-Abr-2018

No obstante, la Sala considera precisar que el principio de irretroactividad de la ley penal


No obstante, la Sala considera precisar que el principio de irretroactividad de la ley penal se rige por el art. 123 de la CPE, asumiendo dos vertientes, en el caso de la norma sustantiva orientada en su aplicación conforme la menor lesividad en el supuesto de sobre posición de leyes en el tiempo; y, en el caso de la norma adjetiva, su aplicación se rige por el momento del procesamiento, salvo -también- cuando la norma procesal sea más beneficiosa al imputado. A mayor abundamiento este Tribunal tiene expresado en el Auto Supremo 506/2014-RRC de 1 de octubre que el alcance del principio de irretroactividad de la Ley penal, encuentra un desarrollo a nivel de los instrumentos internacionales, tan es así que el art. 9 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) establece que: “Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho aplicable. Tampoco se puede imponer pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Si con posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, el delincuente se beneficiará de ello obliga a que los Tribunales, en sujeción del principio de legalidad, al imponer la pena no sólo observen la norma aplicable en el momento de la comisión del delito, sino que apliquen la norma penal más favorable, beneficiando al condenado con la pena más leve si con posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena menor. Esta sujeción al principio de legalidad, vincula en nuestro ordenamiento jurídico no sólo a los Jueces y Tribunales de Sentencia, sino también a los Tribunales de apelación, así como a este Tribunal Supremo, en el marco de sus respectivas competencias”. Por lo expresado, el recurso de casación pretendido por Víctor Hugo Nogales Cuellar cae en infundado