Auto Supremo AS/0223/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2018-RRC

Fecha: 10-Abr-2018

La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia lo pronunció a partir de los


Auto Supremo 89/2012 de 25 de abril.

La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia lo pronunció a partir de los recursos de casación opuestos por JGLC y CAE, en el trámite penal promovido por el primero contra el segundo y otro por los delitos de Estafa y Abuso de Confianza. La Sentencia de grado había condenado al querellado la comisión de esos dos tipos penales e impuesto la pena de tres años de privación de libertad. Recurrida que fue el Tribunal de apelación, decidió por la absolución del delito de Abuso de Confianza reduciendo la pena a dos años de reclusión. En esa ocasión, el Auto de Vista impugnado fue dejado sin efecto; toda vez, que el Tribunal de casación consideró que este fallo había tomado una orientación contraria a la doctrina legal de los Autos Supremos 74 de 18 de marzo de 2008 y 277 de 13 de agosto de 2008, en lo que es la imposibilidad de los Tribunales de apelación en cambiar la situación jurídica de los imputados de condenado a absuelto y viceversa, sentando la siguiente doctrina legal aplicable “no se considera dentro del alcance del artículo 413 última parte del Código de Procedimiento Penal la posibilidad de que el Tribunal de apelación cambie directamente la determinación de la condena o absolución del imputado, porque para ello se requiere imprescindiblemente valorar la prueba, debiendo el Tribunal de Alzada aplicar lo dispuesto en el art. 414 del Código de Procedimiento Penal, tomando en cuenta la limitación contenida en dicho precepto legal referida a corregir los errores de derecho en la fundamentación de la resolución impugnada que no influyan en la parte dispositiva, por lo que en los casos en los que se advierta que el error en la fundamentación sea determinante para el cambio en la situación jurídica del imputado, observando lo dispuesto por el artículo 413 del mismo Código Adjetivo Penal, debe anular la sentencia total o parcialmente, dado el caso específico y ordenar la reposición del juicio por otro Juez o Tribunal, precisando en forma concreta el objeto del nuevo juicio”