Auto Supremo AS/0005/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0005/2019-RRC

Fecha: 23-Ene-2019

Alegó defecto de Sentencia previsto por el art


Alegó defecto de Sentencia previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP, siendo que las pruebas testificales y menos la literales acreditan en forma indubitable que se haya incurrido en conducta asocial, no existiendo el ilícito provisto por el art. 146 con relación al art. 23 del CP, porque en Sentencia existe una transcripción irreal de la declaración de la testigo Patricia Huaricallo Pérez, siendo forzados los hechos y argumentos de la Sentencia, valorados de manera subjetiva (cita extractos de declaración). Realizando una comparación de la declaración del testigo en audiencia y lo transcrito en Sentencia, existe una interpretación indebida y ésta contradicción no debe ser útil y viable para pronunciar Sentencia, fundar y justificar el tipo penal previsto por el art. 146 del CPP, debiendo aplicarse los principios de verdad material, seguridad jurídica, presunción de inocencia e in dubio pro reo, conforme al art. 361 incs. 1), 2) y 3) del CPP