Auto Supremo AS/0005/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0005/2019-RRC

Fecha: 23-Ene-2019

Debe quedar claramente establecido para todo recurrente que, cuando cualesquiera de las partes formulen adhesiones


Debe quedar claramente establecido para todo recurrente que, cuando cualesquiera de las partes formulen adhesiones respecto a los recursos interpuestos por alguno o varios de los sujetos procesales, las respuestas que se plasmen en la resolución judicial sobre los argumentos a que se hubieren adherido las demás partes procesales, darán por satisfechas a su vez las adhesiones, sin necesidad de que el Juez o Tribunal reitere o emita nuevo criterio al respecto en la misma resolución, siendo suficiente el pronunciamiento emitido en lo particular, al menos que efectivamente el Juez o Tribunal no haya dado respuesta a ninguno, uno o varios puntos de la apelación restringida sobre la que se ha formulado adhesión, caso en el que positivamente operaría la incongruencia omisiva tanto del propio recurso como de la adhesión interpuesta