Auto Supremo AS/0005/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0005/2019-RRC

Fecha: 23-Ene-2019

En el tercer motivo, se alega la existencia de vulneración del derecho al debido proceso


En el tercer motivo, se alega la existencia de vulneración del derecho al debido proceso por la existencia de incongruencia omisiva (citra petita ex silentio), porque en el recurso de apelación restringida en el otrosí tercero expresamente hubiera señalado: “OTROSI 3ero.- Conforme el traslado dispuesto, en forma expresa me adhiero al recurso de apelación restringida, presentado por la coacusada Giovanna Illanes Amurrio a cuyo fin encontrándonos en la misma situación procesal, hago míos los fundamentos, motivos, agravios, Sentencias Constitucionales y precedentes contradictorios, se tenga presente”. Sin embargo, la Sala Penal no se pronunció sobre la señalada adhesión y los puntos de apelación que hicieron suyos existiendo un vicio de incongruencia omisiva, que hace ver la vulneración de los arts. 124 y 398 del CPP, que se constituye en un defecto absoluto no susceptible de convalidación; en consecuencia, el Auto de Vista tenía la obligación de pronunciarse respecto a los puntos apelados y no lo hizo, esa situación sería contradictoria a los precedentes invocados. Invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 120/2014-L de 14 de abril, 194/2014-RA de 15 de mayo, 297/2012-RRC de 20 de noviembre y 6 de 26 de enero de 2007