Auto Supremo AS/1002/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1002/2019-RRC

Fecha: 22-Oct-2019

…el apelante omite considerar que si bien quien realiza las declaraciones es la Sra


Con relación al defecto de sentencia denunciado conforme el art. 370 num. 6) del CPP, es decir, sentencia basada en hechos inexistentes y en valoración defectuosa de la prueba,
“Sobre la contradicción encontrada en la declaración de la testigo María Virginia Tancara Pacasi se reitera el entendimiento de que no solamente se debe revisar la declaración en fracciones sino la declaración en su integridad siendo así que…la misma testigo ante la pregunta…sobre si recordaba que día era el 22 de julio la misma responde “era martes cuando yo salí a vender y me avisaron mis vecinos…", es decir la afirmación de la juez en los motivos de hecho y fundamentación probatoria descriptiva valorativa no es alejada de lo visto y oído en juicio oral, y se debe tener en cuenta que los hechos debatidos en juicio son los de fechas 22 y 23 de julio de 2013, por lo que al determinarse se fue el 22 o 23 se llegaría a un mismo resultado, este criterio es compartido en el A.S. No. 067 2013 RRC de 11 de marzo.” (sic)

…el apelante omite considerar que si bien quien realiza las declaraciones es la Sra. Felipa Rojas Vda. de Valle, sin embargo ella solo menciona lo que el Sr. Herculiano le dijo en un primer día y en un segundo día, de ello es que no se encuentra contradicción alguna, en cuanto a determinar si serian uno o dos los momentos de agresión ya en el auto de apertura de juicio…la juez determinó que los hechos de fechas 22 y 23 de julio del 2013 son los que se iban a debatir y no así uno solo