AUTO 244/1991, de 5 de septiembre
Fecha: 05-Sep-1991
1. El artículo 56 de nuestra Ley Orgánica otorga a este Tribunal las facultades cautelares necesarias para prevenir que los procesos de amparo resulten ineficaces. Su ejercicio ha de encaminarse a impedir exclusivamente aquellos perjuicios que harían perder al amparo su finalidad, que no otros. La reiterada jurisprudencia que desarrolla dicho prec...