AUTO 10/1991, de 15 de enero

Fecha: 15-Ene-1991

Único. El art. 86 de la Ley Orgánica de este Tribunal contempla el desistimiento como modo de terminación de los procesos constitucionales, remitiéndose el art. 80 de la propia Ley a la de Enjuiciamiento Civil para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal. En el presente caso y en respuesta a nuestra providencia de 29 de octubre...

AUTO 11/1991, de 15 de enero

Fecha: 15-Ene-1991

Único. El art. 86.1 LOTC admite expresamente el desistimiento como una de las posibles formas de decisión de los procesos constitucionales, y en el art. 80 de dicha Ley se hace una remisión con carácter supletorio a los preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Civil relativos a este acto procesal. Con base en tales preceptos y a la reiterada jurispru...

AUTO 12/1991, de 15 de enero

Fecha: 15-Ene-1991

Único. El art. 86.1 LOTC admite expresamente el desistimiento como una de las posibles formas de decisión de los procesos constitucionales y en el art. 80 de dicha Ley se hace una remisión con carácter supletorio a los preceptos de la L.E.C. relativos a este acto procesal. Con base en tales preceptos y a la reiterada jurisprudencia de este Tribuna...

AUTO 13/1991, de 15 de enero

Fecha: 15-Ene-1991

Único. El art. 86.1 LOTC admite expresamente el desistimiento como una de las posibles formas de decisión de los procesos constitucionales y en el art. 80 de dicha Ley se hace una remisión con carácter supletorio a los preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Civil relativos a este acto procesal. Con base en tales preceptos y a la reiterada jurisprud...

AUTO 14/1991, de 15 de enero

Fecha: 15-Ene-1991

1. La desaparición sobrevenida de la controversia competencial, aunque no contemplada expresamente por el art. 86.1 LOTC como forma de decisión del proceso constitucional, ha sido admitida por la doctrina de este Tribunal como forma de terminación del conflicto positivo de competencia (SSTC 110/1983 y 119/1986). En este tipo de proceso el órgano q...

AUTO 15/1991, de 15 de enero

Fecha: 15-Ene-1991

1. La desaparición sobrevenida de la controversia competencial, aunque no Contemplada expresamente por el art. 86.1 LOTC como forma de decisión del proceso constitucional, ha sido admitida por la doctrina de este Tribunal como forma de terminación del conflicto positivo de competencia (SSTC 110/1983 y 119/1986). En este tipo de proceso, el órgano ...

AUTO 16/1991, de 15 de enero

Fecha: 15-Ene-1991

Único. El art. 86 de la Ley Orgánica de este Tribunal contempla el desistimiento como modo de terminación de los procesos constitucionales, remitiéndose el art. 80 de la propia Ley a la de Enjuiciamiento Civil para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal. Con base en tales preceptos y a la reiterada jurisprudencia de este Tribu...

AUTO 17/1991, de 15 de enero

Fecha: 15-Ene-1991

1. La respuesta dada por el Gobierno vasco promotor de los dos conflictos acumulados en el presente proceso obliga a examinar y resolver separadamente sobre cada uno de ellos. En relación con el primero de ellos núm. 930/87, es preciso reconocer que el objeto propiamente tal de un conflicto de competencias lo constituye la controversia competencia...

AUTO 2/1991, de 14 de enero

Fecha: 14-Ene-1991

1. Cumpliendo el trámite que establece el art. 50.3 LOTC, procede resolver, a la vista de las alegaciones del Ministerio Fiscal y de la parte promovente del recurso, y tras un detenido examen de la documentación aportada, sobre la existencia o no de las causas de inadmisibilidad que en su día fueron advertidas por este Tribunal, a saber, la deriva...

AUTO 22/1991, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1991

Único. El art. 56 LOTC contempla la posibilidad de suspender la ejecución del acto o resolución por razón de la cual se reclama el amparo constitucional «cuando la ejecución hubiera de ocasionar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad». El ejercicio de esta facultad se basa en dos principios: de una parte, la presencia de un interés g...

AUTO 23/1991, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1991

1. En relación con la pretensión principal, de la eventual indefensión causada al recurrente en relación al lugar en que se le hicieron las notificaciones se plantea el problema del respeto del cumplimiento de los requisitos procesales relativos al plazo para la interposición del recurso de amparo (art. 44.2 LOTC) y a la previa invocación de la le...

AUTO 25/1991, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1991

Único. Como es evidente, y de acuerdo con lo sostenido por el Ministerio Fiscal, la ejecución de la pena privativa de libertad y sus accesorias privarían de objeto a la demanda de amparo sin que, por otra parte, su suspensión, dada la escasa gravedad de la condena impuesta, puede entenderse constitutiva de una grave perturbación de los intereses g...

AUTO 27/1991, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1991

1. La causa de inadmisi6n de la demanda de amparo que, tras la reforma operada por Ley Orgánica 6/1988 enuncia el artículo 50.1.c LOTC ("Que la demanda carezca manifiestamente de contenido que justifique una decisión sobre el fondo de la misma por parte del Tribunal Constitucional"), no se refiere, como es evidente, a la naturaleza del acto impugn...

AUTO 32/1991, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1991

1. El presente Auto es similar al resuelto por nuestra STC 111/1990. En él se impugnó también una condena penal por tráfico de droga, cuya fundamentación probatoria fue cuestionada ante este Tribunal por apoyarse en unas escuchas telefónicas ilícitas. Igualmente, las escuchas alegadamente incriminatorias han sido descartadas por los órganos judici...

AUTO 34/1991, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1991

1. Examinadas las alegaciones formuladas por el recurrente y el Ministerio Fiscal en el trámite de admisión procede apreciar la concurrencia en el presente caso de la causa de inadmisión del art. 50.1 c) de la LOTC, de la que fueron advertidas las partes por providencia de 10 de diciembre de 1990: la demanda carece, manifiestamente, de contenido c...

AUTO 35/1991, de 29 de enero

Fecha: 29-Ene-1991

Único. El art. 86 de la Ley Orgánica de este Tribunal contempla el desistimiento como modo de terminación de los procesos constitucionales, remitiéndose el art. 80 de la propia Ley a la de Enjuiciamiento Civil para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal. Con base en tales preceptos y a la reiterada jurisprudencia de este Tribu...

AUTO 36/1991, de 29 de enero

Fecha: 29-Ene-1991

Único. El art. 86 de la Ley Orgánica de este Tribunal contempla el desistimiento como modo de terminación de los procesos constitucionales, remitiéndose el art. 80 de la propia Ley a la de Enjuiciamiento Civil para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal. Con base en tales preceptos y a la reiterada jurisprudencia de este Tribu...

AUTO 37/1991, de 29 de enero

Fecha: 29-Ene-1991

Único. El art. 86.1 de la LOTC admite expresamente el desistimiento como una de las posibles formas de decisión de los procesos constitucionales y en el art. 80 de dicha Ley se hace una remisión con carácter supletorio a los preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Civil relativos a este acto procesal. Con base en tales preceptos y a la reiterada jur...

AUTO 38/1991, de 29 de enero

Fecha: 29-Ene-1991

Único. El presente conflicto positivo de competencia núm. 747/86, fue promovido por el Gobierno Vasco contra el art. 7 y la Disposición adicional, párrafo segundo, del Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, por el que se crea, organiza y regula el funcionamiento del Registro de Entidades Locales. Como se ha narrado en los antecedentes, el Real D...

AUTO 39/1991, de 29 de enero

Fecha: 29-Ene-1991

Único. El art. 86 de la Ley Orgánica de este Tribunal contempla el desistimiento como modo de determinación de los procesos constitucionales, remitiéndose el art. 80 de la propia Ley a la de Enjuiciamiento Civil para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal. Con base en tales preceptos y a la reiterada jurisprudencia de este Tri...