AUTO 113/2012, de 4 de junio
Fecha: 04-Jun-2012
Único. El art. 56.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) dispone que la Sala que conozca de un recurso de amparo acordará la suspensión de la ejecución del acto de los poderes públicos por razón del cual se reclame el amparo cuando dicha ejecución, caso de llevarse a cabo, “produzca un perjuicio al recurrente que pudiera hacer per...