ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 115/2018 Y SUS ACUMULADAS 116/2018, 117/2018, 119/2018 Y 120/2018. DIVERSOS SENADORES INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, PARTIDO POLÍTICO MOVIMIENTO CIUDADANO Y DIVERSOS DIPUTADOS
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 115/2018 Y SUS ACUMULADAS 116/2018, 117/2018, 119/2018 Y 120/2018. DIVERSOS SENADORES INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, PARTIDO POLÍTICO MOVIMIENTO CIUDADANO Y DIVERSOS DIPUTADOS

Fecha: 07-Oct-2022

En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo

Se aprobó por unanimidad de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del considerando sexto, relativo a las violaciones al procedimiento legislativo, consistente en reconocer la validez del que culminó en el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de noviembre de dos mil dieciocho. El señor Ministro González Alcántara Carrancá reservó su derecho de formular voto concurrente.

Se aprobó por unanimidad de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto de los considerandos séptimo, décimo primero y décimo segundo, relativos al estudio de fondo, en sus partes primera, quinta y sexta, inciso a), consistentes, respectivamente, en reconocer la validez de los artículos 17 Bis, 21 y 30 Bis, fracciones XIV, XVII, XVIII, XIX y XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reformados mediante los decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta de noviembre de dos mil dieciocho.

Se aprobó por mayoría de seis votos de las señoras Ministras Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf y Ríos Farjat y los señores Ministros Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del considerando décimo segundo, relativo al estudio de fondo, en su parte sexta, inciso b), consistente en reconocer la validez de los artículos 17 Ter y 32, fracción XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reformados mediante el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de noviembre de dos mil dieciocho. La señora Ministra y los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena por la invalidez adicional de algunas porciones normativas del artículo 17 Bis, González Alcántara Carrancá por la invalidez adicional de algunas porciones normativas del artículo 17 Bis, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo y Piña Hernández por la invalidez adicional de algunas porciones normativas del artículo 17 Bis votaron en contra. La señora Ministra Ríos Farjat reservó su derecho de formular voto concurrente.

Se aprobó por unanimidad de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea por consideraciones distintas, respecto del considerando décimo, relativo al estudio de fondo, en su parte cuarta, consistente en reconocer la validez de los artículos 27, fracción III, 31, fracción XXII, y 43, fracción VII, párrafo segundo, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reformados mediante el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de noviembre de dos mil dieciocho.

Se aprobó por unanimidad de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena apartándose de algunas consideraciones, González Alcántara Carrancá separándose del párrafo doscientos nueve, Esquivel Mossa, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández con reservas, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán con reservas y presidente Zaldívar Lelo de Larrea apartándose de algunas consideraciones, respecto del considerando octavo, relativo al estudio de fondo, en su parte segunda, consistente en reconocer la validez del artículo 31, fracciones XXV y XXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reformado mediante el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de noviembre de dos mil dieciocho. Los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena y presidente Zaldívar Lelo de Larrea anunciaron sendos votos concurrentes.

Se aprobó por mayoría de siete votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena por consideraciones distintas y a partir de una interpretación conforme, Esquivel Mossa, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández por consideraciones adicionales, Ríos Farjat con consideraciones adicionales y presidente Zaldívar Lelo de Larrea por consideraciones adicionales, respecto del considerando noveno, relativo al estudio de fondo, en su parte tercera, consistente en reconocer la validez del artículo 33, fracción XXI, párrafo segundo, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reformado mediante el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de noviembre de dos mil dieciocho. Los señores Ministros González Alcántara Carrancá, Laynez Potisek y Pérez Dayán votaron en contra. El señor Ministro González Alcántara Carrancá anunció voto particular.